¿En qué somos especialistas?
Automóviles:
Automóviles de uso particular. Se considera automóvil particular a todo vehículo cuyo destino no sea mas que el de uso de placer, incluyendo el traslado del conductor ida y vuelta desde su hogar al trabajo.
Accidentes Personales:
Cauciones:
Combinado Familiar:
Seguro que responde en forma integral a las necesidades de protección de su familia y sus bienes.
Embarcaciones de Placer:
La práctica de deportes o actividades náuticas no está exenta de sufrir consecuencias de muy diversa índole que pueden causar daños a una embarcación y asimismo producir daños personales o materiales a terceros, de los que puede ser civilmente responsable el propietario.
Granizo:
Cubre las pérdidas que sufran los frutos o cultivos asegurados a consecuencia de granizo mientras se encuentran en pie.
Todo Riesgo Operativo:
Es una cobertura apropiada para establecimientos fabriles. Ampara a los bienes del asegurado por toda pérdida, destrucción o daño accidental, súbito e imprevisto que figuren en las Condiciones Particulares y en tanto no se deban a causas que estén excluidas expresamente en las Condiciones Generales o Específicas.
Este seguro cubre en forma integral y a través de un único contrato varios riesgos de un mismo edificio. Está especialmente pensado para las necesidades de aseguramiento de un consorcio como: incendio edificio, responsabilidad civil, comprensiva cristales.
La Ley 24557 de Riesgos de Trabajos sancionada el 13 de Septiembre de 1995 cuya formativa aplicable es la la Prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del trabajo tiene por objetivo:
a) Reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo;
b) Reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado;
c) Promover la recalificación y la recolocación de los trabajadores damnificados;
d) Promover la negociación colectiva laboral para la mejora de las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras.
Salud / Seguros de Praxis Médica:
La responsabilidad civil derivada de lesiones y/o muerte de terceras personas provocadas involuntariamente y derivadas directamente del ejercicio de su actividad profesional.
Seguro Técnico:
Mediante esta cobertura se indemnizan los daños materiales directos sufridos por los bienes asegurados por cualquier causa accidental, súbita e imprevista que no haya sido expresamente excluida.
Transporte de mercadería (Importación - Exportación):
Tránsito Terrestre. Dos alternativas. Pólizas con convenios por siniestralidad o con devolución de prima por buen resultado:
Carga plus: Es una cobertura todo riesgo integral que cubre todos los movimientos que realice el asegurado. Contiene coberturas adicionales, que no son de uso estándard en el mercado.



